Declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus, ciudadana MARY CHIQUINQUIRA REYES RUBIO, quién en vida fuera venezolana, titular de la cédula de identidad N°. 7.614.103, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, fallecida ab-intestato el día treinta (30) de octubre de 2017, a su esposo ciudadano HENRY DE JESUS HERRERA MATHEUS y a sus hijos ciudadanos HENRY JESUS HERRERA REYES Y OSCAR DANIEL HERRERA REYES, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. ASI SE DECLARA.
Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada. Asimismo se ordena expedir por secretaría dos (02) juegos de copias certificadas del presente expediente.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE.....