DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, seguido por los ciudadanos GIOVANNI ENRIQUE QUINTERO SOTO Y GRACIELA JOSEFINA FINOL DE QUINTERO, suficientemente identificados, en estas; en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron ante la Oficina del Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día 19 de diciembre del 1987, tal y como se evidencia de Acta de Matrimonio Civil N° 1379, expedida por la mencionada autoridad civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE Y REGISTRESE
Déjese copia certificada del presente fallo por Secretaría, .....