Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos YADIRA DEL ROSARIO BERMUDEZ SOTO y RAMON ANTONIO PORTILLO, en fecha 28 de septiembre de 1985, tal como se evidencia del acta de matrimonio signada con el N° 764, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia San Francisco, del Municipio San Francisco del Estado Zulia, acompañada a los autos en copia certificada.