En consecuencia, en base a los argumentos antes esbozados y al no encontrarse llenos los extremos exigidos en la ley para decretar las medidas cautelares solicitadas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en uso de sus atribuciones legales administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Niega las Medidas Cautelares solicitadas por la parte actora.