Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ÁNGEL RICARDO LÓPEZ AMESTY y MILAY DEL CARMEN MARTÍNEZ, en fecha 18 de enero de 1995, tal como se evidencia del acta de matrimonio signada con el N° 11, emanada de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Domitila Flores del Municipio San Francisco del Estado Zulia, acompañada a los autos en copia certificada.