Por los hechos y fundamentos legales antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara su INCOMPETENCIA POR LA MATERIA para seguir conociendo de la presente causa, en consecuencia:
1) INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer de la presente causa de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana SORBELLA DEL CARMEN SANCHEZ DE MARTIENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-4.756.985, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando en su propio nombre y el de sus hijos los ciudadanos MARIELA DEL CARMEN MARTINEZ DE ROJAS, JAVIER ENRIQUE MARTINEZ SANCHEZ, RENE ENRIQUE MARTI.....