Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos JAVIER JOSE FRANCO LARREAL y CARMEN ROSA BENITEZ SALINAS, en fecha dieciséis (16) de Marzo del año Mil Novecientos Noventa y Seis (1.996), por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.