DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
LA INEXISTECIA DE LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO, por falta de consignación en forma original y escrita de la misma con los recaudos para formar el expediente físico, para su tramitación y sustanciación de la solicitud de divorcio interpuesta por el ciudadano EDGAR ENRIQUE NIETO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.972.954, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contra la ciudadana MAIRIA ISILDA RINCON RINCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.820.393, domiciliada en Monterrey, México, con numeración 3651 (nomenclatura interna de este juzgado).
PUBLÍQUES.....