Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO propuesta por los ciudadanos PABLO EDUARDO MALDONADO DORIA y AHYME MARIA TROCONIZ TROCONIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-20.508.828 y V-21.422.455, respectivamente, y en consecuencia, queda DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los mencionados ciudadanos en fecha en Treinta y Uno (31) de Marzo de Dos Mil Veintitrés (2023), emitida por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo, Estado Zulia.
SEGUNDO: SE ORDENA oficiar al Registro Principal del Estado Zulia, al jefe de la Unidad de.....