III.- Por los fundamentos antes expuestos:
Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACIABO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos ARGENIS ANTONIO PIRELA RIOS Y WENDY ANDREINA RANGEL MAS, , plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día once (11) de Abril de dos mil nueve (2.009), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Antonio Borjas Romero del Municipio Maracaibo, del Estado Zulia, Acta No.93.
Dejándose constancia expresa que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que durante la unión matrimonial no procrearon hijos. Igualmente que no existen bienes que liquidar.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE .....