III.- Por los fundamentos antes expuestos:
Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por los NORMA HAYDEE ESPINOZA GARCIA y HENRY DE JESUS OMAÑA MORILLO, plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día Veintinueve (29) de Mayo de 1986, por ante el Jefe Civil del Consejo Municipal del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Acta No.16.-
Dejándose constancia expresa que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que de la unión matrimonial procrearon tres (03) hijos que llevan por nombre, MELIDA ROSA OMAÑA ESPINOZA, DANIELA ROSA OMAÑA ESPINOZA y DAMELYS ROSA OMAÑA ESPÍNOZA, los cuales aprecia esta juzgadora que para la fecha de.....