PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, presentada ante este Juzgado por los ciudadanos JULIAN ALBERTO PRIETO CUBILLAN y NELLY DEL CARMEN PALMAR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-12.442.335 y V-14.023.356, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio San Francisco del estado Zulia, en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron el día 20 de junio de 1995, ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Domitila Flores, Municipio San Francisco del Estado Zulia, como se evidencia de Acta de Matrimonio No. 168, expedida por la mencionada autoridad civil.
SEGUNDO: Se Acuerda oficiar a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Domitila Flores, Municipio San Francisco del Estado Zulia, para que estampe la respectiva nota marginal al Acta de Matrimonio signada con el No. 168.
TERCERO: No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del presente proceso.