Primero: Homologado el Desistimiento de la Solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana ADDI ROSANA ALZATE URIBE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-19.073.047, reanudándose en este sentido los Derechos y Obligaciones propios del Matrimonio.
Segundo: No hay condenatoria en Costas en virtud de la naturaleza de la presente Decisión.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con él Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.