PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ERIKA DEL CARMEN MEDINA PEROZO Y ADRIAN ESTEBAN ESPINA ROMERO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 15.640.136 y V- 12.870.290, respectivamente, domiciliados la primera en la calle 82B Urbanización Valle Claro Residencias Valle Claro, Edificio Matilde, piso 5, apto 5B del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, y el segundo domiciliado en la Calle Principal, sector Las Viviendas, Población Santa Rita, Parroquia Adicora del Municipio Falcón del Estado Falcón, y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron el día 26 de Diciembre de 2003, ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Santa Rita del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, como se evidencia de Acta No. 35, expedida por la mencionada autoridad civil.
Se deja constancia, que los ciudadanos antes identificados,.....