Primero: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por la ciudadana DINA CAROLINA DICEMBRE VIRLA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 18.722.533, domiciliada en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano EDUARDO ANTONIO COLINA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 16.437.659, domiciliado en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, quien admite como ciertos los hechos narrados por su cónyuge en el escrito que encabeza estas actuaciones y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron el día el día 23 de Junio de 2007, ante el Jefe Civil Registrador y Secretaria respectiva de la Parroquia Norte, del Municipio Carirubana del Estado Falcón, como se evidencia de Acta Nº 154, expedida por la mencionada autoridad civil.
Igualmente se constata que los solicitantes no procrearon hijos ni obtuvieron bienes que.....