Por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, conforme al nuevo criterio adoptado por el Tribunal Supremo de Justicia con respecto al contenido y alcance de la citada norma, formulada por la abogada en ejercicio LOURDES PARRA COLINA, inscrita en el inpreabogado bajo el No 45.922, actuando como apoderada judicial del ciudadano HUMBERTO ENRIQUE COLINA RINCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.822.835, domiciliado en la República de Chile, representación que consta según documento poder autenticado ante la Notario Suplente No 36 Mariangelica Santibañez, en fecha 28 de septiembre de 2021 y debidamente apostillado en fecha 17 de noviembre de 2021 baj.....