Por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara:
Primero: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y al nuevo criterio adoptado por el Tribunal Supremo de Justicia con respecto al contenido y alcance de la citada norma, formulada por ciudadanos CARMEN ROSARIO ROJAS OVIEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 10.417.617, domiciliada en el Municipio Autónomo de Maracaibo del Estado Zulia, y el ciudadano JOSE TRINIDAD VILLALOBOS SEMPRUN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 7,790.021, domiciliado en el Municipio Autónomo de Maracaibo del Estado Zulia en consecuencia, se declara DISUELTO el matrimonio que contra.....