DISPOSITIVA
Según los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con competencia en materia de Jurisdicción voluntaria de conformidad con el artículo 3 de la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2.009, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 en fecha 02 de Abril de 2.009, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con las disposiciones expuestas en el Libro Tercero, Título II, Capítulo I, Sección III, contenidas en el Artículo 825 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, DECIDE:
1.- Se declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus, JUVENAL SEGUNDO PAZ, a los ciudadanos NELLYS RAFAELA OCANDO DURÁN; DUILIA, JESÚS, RUBIA, todos PAZ, ALEXO AMESTY PAZ; GLENDA, E.....