DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la solicitud que encabeza las actas procesales de este asunto y que fue presentada por los Ciudadanos PEDRO ENRIQUE PARRA MORENO y NORELIA MARGARITA OLANO SOTO.
SEGUNDO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO el VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha dos (02) de mayo del año mil novecientos noventa y ocho (1998) por los ciudadanos PEDRO ENRIQUE PARRA MORENO y NORELIA MARGARITA OLANO SOTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-11.390.623 y V-14.862.236, en su orden, el cual fue celebrado por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Concepción del Municipio L.....