III.- PARTE DISPOSITIVA.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos JOSE RAMON MARTINEZ TOYO y DAYRE DEL CARMEN CHOURIO CHOURIO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.662.434 y V-15.659.101, número de teléfonos Whatsapp: 0412-0878431 y +5939922611843, correos electrónicos: dayrechourio123@gmail.com y wilianjose2021@gmail.com, domiciliados en la ciudad y municipio Machiques de Perijá del estado Zulia; de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil Venezolano y acogiéndonos al criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en relación a la causal por el Mutuo Consentimiento. En.....