TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, propuesta por los ciudadanos: JOEL ALEJANDRO GUERRA VALERA y YUBIS ROSNELDI GARRIDO MORON, correo electrónico: dervisguerra19@gmail.com y Garridoyubis@gmail.com, de nacionalidad Venezolano, mayores de edad, Conyugues, titulares de la Cedula de identidad Nos. V- 18.097.301 y V-21.223.326, Domiciliados el primero en el Fundo el Recuerdo, del Parcela miento San Miguel De la Población De Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y la segunda domiciliado en el Barrio Divino Niño, calle N° 03, casa S/N Población De Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, del Estado Zulia, teléfonos: +580414-7026823 y el segundo +5.....