Este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, propuesta por Los ciudadanos JOSE DE LA ENCARNACION MARQUEZ BETANCOURT Y NUBIA NANCI RUBIO MORENO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidades Nros. V-5.351.230 y V-8.730.932, respectivamente, domiciliados en la Población de Casigua el Cubo del Municipio Jesús Maria Semprun del Estado Zulia, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que ellos contrajeron el día veinticinco (25) de enero de 1979, por ante la autoridad Civil del Municipio Dr. Jesús Maria Semprun, distrito Colon del Estado Zulia, hoy dia Jefatura Civil de la Parroquia Jesús Maria Sempr.....