Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ALEXANDER JOSE BORRE URDANETA Y ROSIRIS DEL VALLE MESA GONZALEZ, mayores de edad, venezolanos, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.009.853 y V- 14.761.547, respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Colón del Estado Zulia, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio RODOLFO MONSALVE, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 13.051, y de igual domicilio, en fecha Veintiocho (28) de Abril del año Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1994), por ante la Coordinación del Registro Civil de la Parroqu.....