Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos JOSE GREGORIO CORREA LOZANO Y LUCY GEORGINA TABORDA CASTAÑO, mayores de edad, venezolanos, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.902.621 y V- 12.493.134, respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Colón del Estado Zulia, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio ADREALY PERNIA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 205.663 y de igual domicilio, en fecha Veintitrés (23) de Diciembre del año Mil Novecientos Noventa y Dos (1992), por ante la Coordinación del Registro Civil de la Parroquia San.....