Por los fundamentos expuestos éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara EXTINGUIDA la obligación de manutención del ciudadano OLEXIS ARISTOBULO ABREU para con el ciudadano OLEXIS JOSE ABREU MORENO en virtud de haber alcanzado éste último la mayoría de edad, y no encontrarse dentro de los supuestos de excepción contemplados en el artículo 383 literal "b" de la LOPNNA. En consecuencia se acuerda y ordena suspender la medida de embargo que pesa sobre los conceptos del obligado de manutención.- Archívese el presente expediente. ASÍ SE DECIDE.