Por los fundamentos expuestos éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO, presentada, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos MAGALYS MARGARITA RUBIO y ALBERTO ANTONIO BRICEÑO PACHECO, plenamente identificados en actas, asistidos por el abogado DANNY RODRIGUEZ, en fecha Diez (10) de Julio de Mil Novecientos Noventa y Siete (1997), por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Libertador, Municipio Baralt del Estado Zulia (antes); (hoy) Registro Civil de la Parroquia Libertador, Municipio Baralt del Estado Zulia. Publíquese y Regístrese. Notifíquese. Déjese Copia Certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el Artículo 258 del Código de Procedimiento Civil.