Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos HENRRY JOSE DOMINGUEZ CAMACHO y DEISY ROSA HERRERA ONTIVEROS, anteriormente identificados, asistidos por la abogada en ejercicio LUCIA DURAN, en fecha Siete (07) de Noviembre de Dos Mil Nueve (2.009), por ante el Jefe Civil y Secretaria de la Parroquia Libertador, Municipio Baralt, Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 90, acompañada a los autos.