PRIMERO: CONVERTIDA EN DIVORCIO LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES QUE POR MUTUO CONSENTIMIENTO tienen convenida y fue declarada por éste Tribunal de los ciudadanos EUQUEL ANGEL COLMENARES PIÑA y JOHANNA MILAGROS PEREZ RIVAS, En consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal que los unía, y que estos contrajeron el día veintitrés (23) de Abril del año dos mil trece (2.013), por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Altagracia, Municipio Miranda del Estado Zulia, acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 57.
SEGUNDO: Se dejan a salvo los derechos de terceros.
TERCERO: Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrearon hijos ni adquirieron bienes en la comunidad conyugal.
CUARTO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.