Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos NORMA SETIEN HEREDIA y JUAN ANTONIO DARAUCHE VALERIO en fecha cuatro (04) de mayo de dos mil diez (2010), por ante el Alcalde y Secretario, respectivamente, del Concejo Municipal del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, tal y como se evidencia de Acta de Matrimonio No. 30 acompañada a los autos en copia certificada. ASÍ SE DECLARA.-