DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia;
• QUEDA DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL, contraído por los ciudadanos: YASMELY COROMOTO ARIAS VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-10.450.260 y RAFAEL ANTONIO ANDRADE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-9.757.489, ambos domiciliados en Parroquia Jose Cenovio Urribarri, Municipio Santa Rita del Estado Zulia. Quienes contrajeron matrimonio civil en fecha catorce (14) de Marzo de 1987, ante el Jefe Civil de la Parroquia Santa Rita, Municipio Santa Rita del Estad.....