DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, queda disuelto el matrimonio civil contraído por los ciudadanos, YENNY JOSEFINA TORRES PEREZ y CARLOS LUIS VALERO LUGO venezolanos mayor de edad, cónyuges, Civilmente hábiles, titulares de la cedula de identidad Nro V-15.808.861 y N° V-13.863.171, domiciliada la primera en la avenida 24, Corredor Vial "D", casa S/N, Parroquia Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, y el segundo domiciliado en el Barrio Ezequiel Zamora, casa N° 54, del Municipio Simón Bolívar del estado Zulia, celebrado en fecha veinticinco (25) de Mayo.....