DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
HOMOLOGADO el desistimiento formulado por la ciudadana DIDIANA OJEDA NAVA, debidamente asistida por la profesional del derecho MARY LUZ PIÑEIRO CARRIZO, en la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana DIDIANA OJEDA NAVA, antes identificada.
Da por consumado el citado acto unilateral de autocomposición procesal y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Dada la naturaleza de lo decidido no se hace especial pronunciamiento sobre las Costas Procesales.
REGISTRESE y PUBLLIQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad.....