DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por las Profesionales del Derecho YELITZA DE LOS ANGELES GONZALEZ PERALTA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 37.922, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano ELFREDI ALBERTO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad número V-9.903.519; y FELICITA MARGARITA CASORLA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 55.453, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana OLEIDA MARÍA GONZALEZ de GONZALEZ, titular de la cédula de identidad número V-7.733.344.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIA.....