DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JUAN DE DIOS MENDOZA ARAUJO, titular de la cédula de identidad V-3.384.042, a los ciudadanos NATHALIE JOANNE MENDOZA de LUZARDO, JUAN CARLOS MENDOZA MAGRINI y DAVID ALEJANDRO MENDOZA MAGRINI, titulares de las cédulas de identidad números V-13.624.535, V-15.053.840 y V-19.694.206, respectivamente, en su condición de hijos, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS conforme lo prevé el antes trascrito Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse las actuaciones en originales a la parte interesada, previa certificación de los mismos en actas.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justi.....