En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos DIONISIO RAFAEL CARIPAZ CARIPAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 11.456.456; por una parte y por la otra el Profesional del Derecho NELSON CARDOZO PAUCA, titular de la cédula de identidad número V-7.730.157 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 59.421, actuando en este acto en nombre y representación de la ciudadana DAISY CAROLINA RAMIREZ BASABE, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 18.049.828.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha diecinueve (19) de Mar.....