DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus JOSEFINA VICUÑA de BRICEÑO, titular de la cédula de identidad número V-2.769.784, a los ciudadanos MARÍA CHIQUINQUIRÁ BRICEÑO VICUÑA, MIREYA JOSEFINA BRICEÑO de ALDANA, MARLENY BRICEÑO de CARDOZO, GLORIA MARÍA BRICEÑO de MARTINEZ, MANUEL BENITO BRICEÑO VICUÑA (Difunto), JORGE LUIS BRICEÑO VICUÑA, ASTOLFO ENRIQUE BRICEÑO VICUÑA y DIANA MARGARITA BRICEÑO VICUÑA (Difunta), titulares de las cédulas de identidad números V-4.704.173, V-3.272.932, V-3.452.040, V-3.637.535, V-3.454.871, V-3.637.536, V-4.704.171 y V-5.721.443, respectivamente; en sus condiciones de hijos, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, conforme lo prevé el ante.....