DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos JOSÉ PATROCINIO VALERO ZARRAGA y AYARI MARÍA GARCÍA de VALERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-11.562.038 y V-11884.740, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha doce (12) de Enero del año mil novecientos noventa y uno (1991), por ante el Jefe Civil de la Parroquia Jorge Hernández del Municipio Cabimas, estado Zulia, inserta bajo el N° 02, Año: 1991.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, déjese copia certificada de la presente decisi.....