´III
DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por los ciudadanos NATH JOSÉ ESTRADA DOMINGUEZ y DAISY BEATRIZ MARÍN de ESTRADA, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-8.702.681 y V-12.844.551, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha doce (12) de Febrero del año mil novecientos noventa y cuatro (1994), por ante el Prefecto del Municipio Lagunillas, estado Zulia, inserta bajo el Nº 38, Folios 77 y 78, Año: 1994.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve déjese copia certificada de la presente de.....