es por ello que en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble propiedad de la parte oferida, ubicado en Carretera H, Barrio Federación I, Sector H-5, Parroquia German Ríos Linares, jurisdicción del Municipio Cabimas del Estado Zulia; comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas son las siguientes: NORTE: 20,45 metros y colinda con Corporación Nacional de Acero, C.A.; SUR: En 26,70 mas, con Carretera H; ESTE: En 40,35 mts y colinda con Jose Tuta; y por el OESTE: 42,35 mas y colinda con Joel Eduardo Martínez, de conformidad con el Articulo 600 del Código de Procedimiento Civil, el cual le pertenece según documento registrado ya antes identificada.