DISPOSITIVO
En consecuencia, éste JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL propuesta por los ciudadanos MARCOS ANTONIO FUENMAYOR REYES y CARMEN ELIZABETH GUERRA DE FUENMAYOR, venezolanos, mayores edad, titulares de las cédulas de identidad números 3.774.504 y 4.144.334 respectivamente, domiciliado el primero en el Municipio Baralt del Estado Zulia; y la segunda en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, y el criterio de la sentencia Nº 693 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha dos (2) de junio de 2015, bajo la ponencia de la Magistrada CARMEN ZULETA DE MERCHÁN. Asimismo, se deja expresa constancia que durante su unión matrimonial procrearon d.....