Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus ALANIS DE JESÚS CEPEDA; quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número 7.871.105, fallecido el veintiséis (26) de abril de 2021, en jurisdicción del Municipio Santa Rita del Estado Zulia, a la ciudadana ANA CARMEN CEPEDA DE CEPEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.965.686, domiciliada en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia, en su condición de esposa del causante, y a los ciudadanos MARÍA JOSÉ CEPEDA CEPEDA y ALANIS JOSÉ CEPEDA CEPEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 17.189.....