En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS PROPUESTA POR LOS CIUDADANOS RAMIRO FELIZZOLA PALOMINO y CRISTALYN KARLA GONZÁLEZ MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-14.736.821 y V-17.994.677, respectivamente, domiciliados el primero en la Avenida 32, Sector 19 de Abril, Calle Miranda, Casa N° 38, Parroquia Germán Ríos Linares del Municipio Cabimas del Estado Zulia, y la segunda en la Urbanización Villa Tamare, Avenida 55, Casa E-09, Parroquia Libertad del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, y por ende, disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos el día veintinueve (29) de Abril del año 2014, por ante el Registro Civil de la Parroquia Libertad d.....