Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ISELA MARIA GOMEZ DE MOSQUERA, antes identificada, a sus hijos ciudadanos ROSELYS BEATRIZ MOSQUERA GOMEZ, RAISELY CAROLINA MOSQUERA GOMEZ, RAFAEL ENRIQUE MOSQUERA GOMEZ y ANTONIO JOSE MOSQUERA GOMEZ, y a su esposo ciudadano RAFAEL JOSE MOSQUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-17.342.681, V-16.768.564, V-17.621.807, V-20.941.624 y V-9.632.186, respectivamente, quien como tal concurrirá a la herencia dejada por la de-Cujus, dejando a salvo los derechos de terceros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.