Con base a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas, con Competencia en Materia de delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra los ciudadanos JOFREN JOSE RODRIGUEZ, HECTOR ESCOBAR Y LUIS MARCANO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 300, ordinal 3º, del Decreto con Rango, valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 49, ordinal 8º Ejusdem y 108, ordinal 5º del Código Penal Vigente.
Notifíquese a las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 159 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, diarícese y archívese copia de la presente decisión.