DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha veintidós (22) de julio de 2013, por los ciudadanos: RAFAEL ANTONIO OLLARVES RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.457.904, domiciliado en la Urbanización Los Laureles, Sector 06, vereda 15, casa N° 07, Municipio Cabimas del Estado Zulia, debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio JAZMIN RICHARD Mc GUIRE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.535, y LEIDYS DEL CARMEN CASTELLANOS MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.713.150, domiciliada en la avenida 32, Sector El Cairo, al lado de la Iglesia Mormón, casa N° 329, Municipio Cabimas del estado Zulia, debidamente asistida por la Abogada en Ejercicio REBECA DE SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.087, en beneficio del niño (Se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). PASÁNDOLO .....