PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, con competencia en el régimen procesal transitorio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos ABILIO JOSE OLIVARES RIVERO y MARGERY COROMOTO GARCIA ARRIECHI, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de identidad Nº V-12.329.050 y 14.833.894, respectivamente domiciliados en el Municipio Miranda del Estado Zulia.
b) DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron ante el Concejo Municipal del Municipio Miranda del Estado Zulia, en fecha 01 de octubre de 1999, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio No. 98, expedida por el mi.....