Por los fundamentos expuestos, esta Jueza Primera Temporal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del proceso intentado por la ciudadana: SAILY CAROLINA NUÑEZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.239.190, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia
- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, suscrito por la parte demandante en el presente proceso, en fecha treinta (30) de enero de dos mil dieciocho (2018), PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA como sentencia definitivamente firme. En consecuencia, se declara terminado el presente procedimiento.
- Se acuerda devolver los documentos originales consignados, previa certificación de los mism.....