declara al ciudadano DARWIN JOSE FERNANDEZ GONZALEZ, los adolescentes (Se omiten de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de catorce (14) y dieciséis (16) años de edad respectivamente, conforme a su interés superior, deben ser declarados como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS de la causante KARINA DE JESUS ORDOÑEZ, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.893.002, quien falleció Ab-Intestato en fecha diez (10) de enero de 2016, tal y como se evidencia de la copia certificada del acta de registro civil de defunción Nº 04, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia German Ríos Linares del municipio Cabimas del estado Zulia. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando previa certificación en actas por secretaria. CUMPLESE.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia certificada por secretaría de.....