Por los fundamentos antes expuestos este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
• Aperturar una cuenta de ahorros en la entidad bancaria BICENTENARIO, a nombre de la adolescente SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, de dieciséis (16) años de edad y la joven Laura Gerely Estevez Pirela, de dieciocho (18) años de edad respectivamente, siendo autorizada la ciudadana Yelitza Josefina Pirela Pirela, titular de la cédula de identidad Nº V-8704930, en su carácter de progenitora, a quien de conformidad con el artículo 364 de la LOPNNA en concordancia con el artículo 267 del Código Civil, le corresponde la representación y administración de los bienes
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de su hijo; dicha cuenta bancaria estará bajo la custodia de este Tribunal, p.....