DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: Declara SIN LUGAR, la solicitud de revisión de medida presentada por el ABG. AMÉRICO PALMAR, defensor público número 30 en materia indígena y ordinario, actuando bajo el carácter de defensor público del ciudadano DIUVER DAMIAN ÁLVAREZ GONZÁLEZ, plenamente identificado en actas, escrito presentado en fecha dieciséis (16) de diciembre de 2014, por no haber variado las circunstancias que motivaron el decreto de la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERA DE JUICIO
DRA. SOLANGE JOSEFINA MENDEZ
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